¿Puede un comunero percibir una retribución por su trabajo?
Tengo un centro de estética, yo soy socio capitalista y la otra comunera es autónoma y es la persona que trabaja en el negocio.
Ella solo percibe como retribución el porcentaje de Bº que le corresponden por participación en la cb. ¿Cómo puedo retribuir su trabajo diario? Un a nómina no se puede, ¿hay alguna otra opción?
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Respuesta de DIRECT CONSULT
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