Sociedad Civil tres hermanos

Le comento. Estamos pensando tres hermanos en crear un a Sociedad Civil como socios capitalistas e incluir a un cuarto socio, pero como socio trabajador (que no es de la familia), que a su vez se designará como Administrado Único. En este sentido tenemos que darnos de autónomo alguno de los tres hermanos. Los tres tenemos trabajamos por cuenta ajena en otras empresas. ¿Es posible lo que planteamos?

Un saludo. Y muchas gracias.

PD. La actividad que se quiere realizar en de venta la menor (comercio)...

1 Respuesta

Respuesta
1

Sí claro, no problema.

Entiendo que cuando hablas de sociedad civil te refieres a sociedad limitada.

El hecho de incluir al cuarto socio dime los motivos, ¿por qué queréis que sea un ajeno?

La figura de la que hablamos es una Sociedad Civil irregular (es decir sin personalidad jurídica). Según he leído la Sociedad Civil es un Contrato por el que dos o más personas ponen en común capital, con propósito de repartir entre si las ganancias....

Te comento la idea que tenemos... por si hay algo que se nos escape...

Mi madre regenta actualmente un negocio de venta al menor de prendas de vestir y va a jubilarse (cierra el negocio), actualmente tributa por módulos o estimación objetiva..

Pero va a quedar mucho stock de artículos y los tres hijos (que tenemos nuestros trabajos por cuenta ajena en otras empresas) estamos pensando en crear un a Sociedad Civil como socios capitalistas e incluir a un cuarto socio. En este caso este cuarto socio sería socio trabajador (que no es de la familia), y que a su vez se designará como Administrado Único. La idea es que sólo se dé de alta en RETA él (pues va a ser él quien trabaje realmente) ¿es necesario que se de de alta en RETA algún otro socio capitalista o hermano en este caso?

¿Sería adecuada esta fórmula de sociedad o hay otras alternativas interesantes que económicamente nos pueda interesar? Creemos que esta sería una buena fórmula, sencilla y económica...Pero no estamos seguros..

Por cierto , otra pregunta...
¿Cómo se puede hacer la transferencia del stock de artículos de la madre a los hijos?¿es necesario algún trámite legal? .. Lo decimos por que a simple vista parece que no tengamos que hacer nada (cogemos los artículos y lo ponemos a la venta. Hay que decir que mi madre va a cerrar el negocio y solicitar la pensión de jubilación .

Y para evitar posibles problemas con hacienda hemos pensado que la Sociedad Civil tribute también por módulos (o estimación objetiva).

PD.Lo de poner como Administrador Único a un socio trabajador es porque es uno de los trabajadores que mi madre tiene que indemnizar por el cierre del negocio...Y es prácticamente de nuestra familia.

.
Perdona la extensión..

Y muchas gracias.

Hombre, no estoy muy de acuerdo con la figura que propones de sociedad civil irregular, estas formas jurídicas sin personalidad para mi gusto son muy inestables y a la larga dan muchos más problemas. Podéis perfectamente ser capitalistas en una sociedad limitada normal y corriente. Es mi opinión y ya más cuando vais a incorporar a alguien externo y encima no vais a tener el control efectivo de la sociedad. De todas formas no me parece buena opci´on por muy amigo de la familia que sea que adquiera parte del negocio. Puede ser perfectamente gerente de la empresa alguien externo al que le pagáis un sueldo. Pero no me suelen gustar las cosas fifty - fifty.

Entiendo que lo más recomendable es que vuestra madre os venda el stock y toda la empresa a precio de mercado. Adquirís la tienda, mercancías, ... todo, como si fuera un traspaso. Le pagáis una cantidad... si no nos metemos en un tema fiscal de Impuesto de Sucesiones y DONACIONES (en el que no soy experta)... tu madre queda sin ese dinero que os dona, pero que es de ella, porque ha comprado y por tanto ha pagado impuesto por ello. Lo mejor es hacer una compraventa normal y corriente.

Gracias por la respuesta. Entiendo que esta figura de Sociead Civil no obliga a darnos de alta en el RETA a ningún socio capitalista. Entiendo que con esta figura nosotros ponemos y quitamos al gerente (o socio trabajador) puesto que así se regulará en los estatutos y este será el único que deberá darse de Alta en el Reta.

Tengo entendido que una S.L. tributa por impuesto sociedades mientras que el autónomo por IRPF. Y creo que es más ventajoso esta segunda opción...pero no lo tengo del todo claro...

No estoy de acuerdo con que sea más beneficioso la creaci´on de sociedad civil. Por ejemplo la sociedad tributa a sociedades pero a tipo fijo, mientras que el IRPF va por tramos es decir, si el tramo está alto, pagáis mas. Se ve incolucrado vuestro patrimonio personal, es decir, casa, coche o sueldo puede verse embargado, incluso el patrimonio de vuestros cónyuges si estáis en gananciales... En caso de deudas respondéis con patrimonio personal presente y futuro y en gananciales el de vuestros cónyuges.

Y en cuanto al tema del gerente, con la sociedad es lo mismo.

Vuelvo a repetir, no me gusta la sociedad civil, no me suele gustar para ninguna actividad, solo en los casos en que se trata de actividad muy estacional o que no queda otro remedio (por ejemplo farmacias que no permiten forma jurídica societaria), pero es muy inestable, da muchos problemas porque no hay estatutos, ni nada, solo contrato privado inter partes.

Pero, es mi opinión. Puedes recaban información de otra gente a ver qué te dicen. Desde luego yo lo tengo bien claro.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas