¿Debo ser autónoma en españa para trabajar como mediadora en desde italia?

Creo que lo mejor es que esplique mi actividad aquí en italia para que pueda estudiar y proponerme la misma o otra mejor en españa.

Actualmente estoy registrada como " prestadora de servicios de traducción e interpretar y enseñanza de idiomas", Cuando empece mi actividad, me dedicaba principalmente a enseñar ingles en una escuela privada especializada en la enseñanza de idiomas a niños.

Por que el entonces, también empece a colaborar con una empresa alemana, con sede en Alemania cuya actividad es la de ofrecer alquiler en italia de villas, casas vacacionales, ... A clientes de todo el mundo tramite por una plataforma en internet. La función esta empresa es unicamente la de mediador (no es una agencia de viajes y no es responsable directo de las viviendas ya que todos los "contratos de alquiler" son entre el tour operador/agencia y el cliente final)

Mi función actual(no me dedico ya ala enseñanza) es la de colaborar con esta empresa alemana (con sede en Alemania) me ocupo de los contactos con todos los clientes de habla hispana, francesa e italiana.

Desarrollo todo mi trabajado desde casa.

Ahora, estoy valorando la posibilidad de transferirme a España y empezar la misma actividad allí. La idea seria la de abrir mi propio portal/web para proponer casas/villas/apartamentos en italia como lo he ido haciendo hasta ahora pero me gustaría también proponer el alquiler de casas vacacionales en españa.

No se que categoría podría colocarme. Tal vez como "mediador"( nos e los requisitos necesarias para registrarse), tal vez como "servicios de traducción/interpretador" como aquí, tal vez como "home´working" tal vez haya otras posibles soluciones.

Estaba también pensando que a lo mejor no es imprescindible darme enseguida de alta como autónoma y empezar quizás como freelander. No se si seria posible...

Respuesta
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¿Cuál va a ser su residencia habitual?

¿Va a constituirse como empresa o simplemente como autónoma?

¿El trabajo es realizado por cuenta ajena? En caso afirmativo, ¿la empresa tiene su sede en Alemania?

En cualquier caso, indicarle que en España las obligaciones como autónoma y freelance son exactamente iguales.

Hola

Mi residencia habitual es en Italia, seria simplemente como autónoma, el trabajo seria realizado por cuenta propia.

Si pero el autónomo lo pagaría en españa y italia también!!

¿CUAL VA SER SU RESIDENCIA HABITUAL?

De momento Italia, pero estoy valorando la posibilidad de regresar a España y establecer mi residencia en madrid

¿vA

Perdón que la enviado antes de tiempo,,,,

¿Va a constituirse como empresa o simplemente como autónoma?

Es una de las dudas que tengo ya que desconozco totalmente las condiciones (gastos de registro/seguridad social/impuesto/irpf...)que comportan ambas categorías en España. Lógicamente, quisiera elegir la solución más conveniente para mi.Para que tenga una idea, en estos dos últimos años he facturado una media de 12.000€ al año,Calculo poder mantener ests mismas cifras trabanjando desde España

¿El trabajo es realizado por cuenta ajena? En caso afirmativo¿la empresa tiene su sede en Alemania?

Si. la empresa con la que seguiría colaborando tiene sede en Alemania; y esta seguiría siendo mi principal actividad en España.

me gustaría (mas adelante) crear una plataforma internet de alquiler turístico - en calidad unicamente de "mediadora" para poner en contacto a clientes internacionales (españoles incluidos) con agencias españolas/propietarios /tour operadores, Por lo cual, en este caso debería emitir facturas a operadores españoles por mis servicios ( y el contrato de alquiler seria entre el cliente y la agencia).Pero esta idea es actualmente solo un proyecto.

Mi nacionalidad es Española por sieso sirve de algo

Un cordial saludo..

El criterio determinante va a ser su residencia habitual, si es Italia quedará sujeta a la legislación italiana y, si es España, a la ley española.

En este último caso, si es trabajadora por cuenta ajena obtendrá rendimientos de capital mobiliario y, si es trabajadora por cuenta propia, rendimientos por actividades económicas. Además, si se constituye como autónoma (es lo más económico por los ingresos que comenta obtiene anualmente) tendrá que cumplir con sus obligaciones de cotización a la Seguridad Social en el RETA y con la presentación de los modelos de IVA e IRPF correspondientes.

En cualquier caso, también deberá aplicar lo dispuesto en el Convenio de doble imposición entre Alemania y España.

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