Tengo entendido que por falta de puntualidad en el pago del salario puedo despedirme de mi empleo sin perder derecho al paro, ¿es así? En mi empresa nunca han pagado cuando estipula el convenoio, antes del día 5 del mes siguiente, sino más bien pasado el 15 y este ultimo mes, mayo, lo cobre el día 1 de julio. ¿Qué necesito y donde tengo que presentar los papeles para despedirme?, ¿Es inmediato o tengo que esperar algún proceso de reconciliación o algo así? Me interesa saberlo para poder empezar a trabajar en otro sitio pero de forma temporal y que no se si duraría mucho. Gracias
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Respuesta de kormak
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kormak, Asesoría fiscal, laboral, contable y financiera
En principio, te recomiendo que te dirijas a las oficinas de empleo de tu comunidad para solicitar una inspección de trabajo, ya que la empresa está incurriendo en una falta grave susceptible de penalización. En el caso de que decidas extinguir el contrato por las causas que alegas, te encontrarías en un supuesto de "Extinción por incumplimiento voluntario del empresario". Estaríamos ante un incumplimiento contractual voluntario del empresario, que faculta al trabajador a extinguir el contrato. A continuación, te pongo parte del contenido de del art. 50 del ET: Causas que motivan la extinción: 1- La modificación sustancial de las condiciones de trabajo que redunde en perjuicio de la formación profesional del trabajador o en menoscabo de su dignidad. 2- Demora o impago de salarios. 3- Negativa a la reintegración en su anterior puesto de trabajo en los supuestos de movilidad geográfica o modificación sustancial de las condiciones de trabajo, cuando una sentencia judicial haya declarado los mismos injustificados. 4- Otros incumplimientos: Será causa justa para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contractuales del empresario, salvo fuerza mayor. Cuando queden probados los hechos alegados por el trabajador, este tendrá derecho a percibir las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente, es decir, 45 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores al año, y hasta un máximo de 42 mensualidades. Por lo tanto, deberás dirigirte a las oficinas de la Inspección de Trabajo de tu localidad, si es Madrid están en la calle Ramírez de Arellano, 19 tel.: 91 363 56 00 y fax:91 363 71 80, y presentas el siguiente escrito: Denuncia a la inspección de trabajo y de seguridad social por el impago del salario debido A la inspección de trabajo y seguridad social ¿D?. con DNI..., ¿con domicilio en?., ¿Calle?.., ¿Nº?, ante esta INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL comparezco y DIGO:_ Que mediante el presente escrito fórmula denuncia contra la empresa con número de inscripción en la seguridad social... y domicilio en... en base a los siguientes. _ _ HECHOS_ Primero.- Que soy trabajador de la citada empresa con categoría profesional de... realizando las siguientes funciones... Segundo.- Que la dirección de la empresa no me ha abonado el salario que me debe desde hace POR meses. Por todo lo expuesto SUPLICO a esa INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL que habiendo por presentado este escrito de denuncia con sus copias, la admita a trámite y, en su virtud, actúe de conformidad con la misma, adoptando las medidas oportunas, ¿por ser de justicia que pedimos en?.., ¿a? ¿De?. ¿De?..._ Firma