Vacaciones en una semana laboral de L a J.

Tenía entendido que aunque hagas media jornada o trabajes de Lunes a Miercoles jornada completa (por poner un ejemplo) siempre te corresponden 30 dias de vacaciones.
Yo trabajo en un estudio como diseñador de Lunes a Jueves y me dicen que lo que me corresponde es la parte proporcional. En el convenio he leído que a todo trabajador le corresponden 30 días pero no especifica nada sobre la semana laboral completa o incompleta.
Según me argumentan si trabajara media jornada todos los días efectivamente me corresponden 30 pero si trabajara sólo la mitad de la semana laboral jornada completa sólo me corresponden la mitad, es decir, 15.
¿Es correcto? He consultado con otra gente y me dicen que no es asi.
No quiero guerrear nada sin estar completamente seguro.

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Perdona no puedo leer el mensaje
Hola,
Mi pregunta era sobre las vacaciones en una semana laboral de lunea a jueves. Trabajo en un estudio de diseño y según he leído en el convenio a todo trabajador le corresponden 2.5 días de vacaciones por cada mes trabajado. También es cierto que no especifica nada sobre semanas de este tipo. Según me explican ellos si yo trabajara media jornada pero toda la semana me corresponden 2.5 días pero si yo trabajara jornada completa la mitad de los días laborables me corresponderían la mitad de vacaciones. Según este argumento ellos hacen una regla de tres. A mi me parece un poco raro. ¿Me podrías asegurar que es lo correcto? De este tema de las vacaciones laborables hay mucho desconocimiento en general. Muchas gracias.
Las vacaciones son 30 días naturales al año para todos los trabajadores en tu empresa, independientemente de las horas semanales que hagas. Por lo que tu si trabajas el año completo te corresponden tus 30 días, que no intenten engañarte y quitarte días porque no es legal.
Muchas gracias por la contestación.
Te mando la contestación que me mandaron ellos a ver que te parece.
[size= small; font-family: Times New Roman]Entiendo que trabaja de lunes a jueves ( jornada completa ) ¿No?. Pues sus vacaciones en computo anual son de 24 días, y por los 4 meses TIENE DERECHO A 8 DÍAS DE VACACIONES. [/size]
[size= small; font-family: Times New Roman]Te explico como va el tema de las vacaciones en los contratos parciales:[/size]
[size= small; font-family: Times New Roman]Si la media jornada es diaria (o sea trabaja todos los días laborables la mitad de horas que un trabajador a tiempo completo), evidentemente tiene derecho a 30 días de vacaciones.
Si la media jornada es en cómputo anual (o sea trabaja sólo la mitad de los días laborables pero a jornada diaria completa), tendría derecho a 15 días de vacaciones. [/size]
[size= small; font-family: Times New Roman]Por ello si la jornada es en cómputo anual ( o sea trabaja 4 de 5 días laborales pero a jornada completa )tendría derecho al año a 24 días de vavaciones, por ello por los 4 meses salen 8 días.[/size]
Me pone problemas para pegar el texto así que te lo transcribo.
Según el tema de las vacaciones en los contratos parciales:
Si la media jornada es diaria ( o sea se trabaja todos los días laborables la mitad de horas que un trabajador a tiempo completo), evidentemente tiene derecho a 30 días de vacaciones.
Si la media jornada es en computo anual (o sea solo la mitad de los días laborables pero a jornada diaria completa), tendría derecho a 15 días de vacaciones.
Por ello si la jornada es en computo anual ( o sea trabaha 4 de 5 días laborables pero a jornada completa) tendría derecho al año a 24 días de vacacioes...
Yo de todas formas tampoco tengo del todo claro que mi contrato sea del tipo parcial. ¿Podrías aclararme como puedo saberlo? ¿Creo qué eso es función del numero de horas semanales que hagas?
Muchísimas gracias por todo
La explicación que te dan no es legal, todo el mundo tiene derecho o a 30 días naturales o 22 laborables como mínimo independientemente de la jornada laboral que hagas.
¿Has mirado en tu convenio colectivo que pone respecto a las vacaciones? Ponga lo que ponga siempre hay que acogerse al principio de la condición más beneficiosa para el trabajador, y en este caso son los 30 días al año. Que no te cuenten milongas de verdad, estas en todo tu derecho reclamando los 30 días.
Para que sea un contrato a tiempo parcial debes mirar las horas anuales que tiene estipulado el convenio al que se acoga la empresa y si tu haces menos entonces es tiempo parcial. Aunque casi siempre para que sea jornada completa se ponen 40 horas a la semana, puede ser que tu convenio sea jornada completa haciendo 30 horas semanales. Por ejemplo en el convenio de la enseñanza privada la jornada completa son 27 horas semanales. Eso puedes mirarlo en tu convenio.
Cualquier duda ya sabes donde estoy.
Muchísimas gracias,
Efectivamente reclamaré los días que me pretenden ratear. En cosas de este tipo, se aprende mucho si te interesas. Quien no llora, no mama. Gracias por ayudarme

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