Vacaciones y permisos laborales

La primera, es que me caso el año que viene, la boda en el registro sera un viernes. Sé que nos corresponden 15 días, ¿pero cuándo empiezan a contar? ¿Desde el día de la boda o cuando nosotros decidamos cogernos el permiso? ¿Hay qué llevar a las empresas algún tipo de justificante?
La segunda, es que en mi empresa hacen algo que a mi no me parece normal. Resulta que tras un periodo de vacaciones, debes incorporarte un día que el anterior haya sido laboral, es decir, que si contando, mi ultimo día de vacaciones es un viernes, por lo que así se juntaría con el fin de semana, no lo admiten, ya que según allí te coges dos días más (el fin de semana), y te hacen incorporarte ese viernes, aunque se queden días colgando, ¿eso es asi? Porque jamás lo había oído.
Espero que me ayudes, porque quiero tenerlo claro por si me ponen problemas.

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Contestándote a la primera duda, decirte que sí, que los 15 días por matrimonio empiezan a contar desde el día que te casas, y se deben coger seguidos a la fecha de la boda. Solicita un certificado de matrimonio para entregárselo a la empresa por si te lo pidieran ya que siempre que se solicitan permisos hay que justificarlos.
En cuanto a lo que me cuentas de las vacaciones... realmente es rarísimo lo que me explicas ya que es la primera vez que veo algo parecido. Cada empresa es un mundo y al final lo que se tiene que hacer es lo que ellos digan si quieres seguir trabajando ahí. Pero es algo que no es que deba ser así, sino que a la empresa le convendrá hacerlo así por algún motivo.

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