Dudas contrato interinidad por baja maternal

Voy a firmar un contrato en un ayuntamiento de la comunidad de madrid, por interinidad de baja maternal. Me gustaría saber, cuáles son mis derechos en cuanto a vacaciones y días de asuntos propios. El contrato se firmaría en junio y terminaría en diciembre.
Así mismo, la contratación, que será ahora, va a coincidir con mi boda a principios de julio de este año y sé que tendría derecho a 15 días por matrimonio pero dado que acabaría de empezar a trabajar, había pensado disfrutar en su caso de ellos más adelante. ¿Tengo qué disfrutar de ellos después de la boda o podría hacerlo en otro momento?

1 Respuesta

Respuesta
1
Tendrás derecho al mismo número de días de vacaciones y de asuntos propios que los establecidos para el trabajador al que vas a sustituir, dependerá del convenio que afecte al centro de trabajo en el que hagas la sustitución.
El permiso de matrimonio comienza el día del hecho causante, el de la boda, por lo tanto salvo que de mutuo acuerdo con la empresa te permitan disfrutarlo en otro momento solo podrías disfrutarlo en esta fecha, aunque tengas un contrato temporal tienes derecho a dicho permiso.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas