Trabajo en Madrid en una empresa sujeta al convenio del metal, soy peón y ahora estoy trabajando en Sevilla. En el convenio no encuentro si me tienen que dar, a parte de las dietas algún plus por distancia o algo parecido, ya que duermo ayi (todo pagado por la empresa) pero a mi no me dan nada por estar fuera de casa.
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Anónimo
En un caso de traslado temporal donde la empresa le exige residir en una población distinta de la habitual, esta deberá de abonar además de salarios, los gastos de viaje y dietas. Hay también otra compensación:el Plus de distancia. Esta la percibe el trabajador cuando los desplazamientos sean sin medio de transporte facilitado por la empresa. La retribución de este Plus de distancia se refleja en los convenios colectivos, y suelen concretarse en una cantidad fija diaria o en función de los kilómetros recorridos. Si no está establecido en su contrato la necesidad específica de realizar desplazamientos, también tiene la opción de solicitar la extinción del contrato. Con ella percibirá una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, y haciendo el prorrateo por meses de los periodos inferiores a un año. Yo en su lugar hablaría con la empresa reclamando la percepción de todos los gastos ocasionados, ya que además son conscientes de esta obligación además de ir en contra de los convenios colectivos. Si deseara conocer todos los detalles de su convenio, en Inspección de trabajo de su localidad le informarán al completo sobre todos los complementos que su convenio contempla, y que deben estar reflejados en la nómina. En el sector del Metal se perciben varios complementos además del salario. Algunos son: Asistencia, Incentivos y Plus del convenio. Espero que le vaya bien con la empresa, y no permita que esta trate de evitar el pago de todas las dietas y gastos, ya que como trabajador no tiene ninguna obligación de soportarlos. Le deseo suerte.