Día asuntos propio contrato ETT

Me pongo en contacto con usted por que tengo una duda sobre el funcionamiento de los contratos a través de las ETT.
Mi duda es la siguiente:
Quisiera saber si tengo un contrato a través de una Ett con una empresa, ¿me corresponde algún día de asuntos propios?
En mi salario entra el prorrateo de pagas, vacaciones ...

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Respuesta
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Los días de asuntos propios dependen del convenio colectivo, no todos los convenios colectivos tienen esta mejora, pero debes leer el convenio colectivo de la empresa usuaria (aquella en la cual estás trabajando cedid@ por la ETT), ya que la ETT debe respetarte las medidas de este convenio, si el convenio de la empresa usuaria estableciera que tienes derecho a días de asuntos propios tendrías derecho a disfrutarlos, además serían remunerados.
Buenas tardes,
Muchas gracias por contestarme.
Haber si he entendido bien, ¿si en la empresa en la cual presto mi servicio tiene por convenio los días por asuntos propios (no es la ETT) me corresponde xx días de asuntos propios?
¿Aunque mi contrato sea a través de una ETT?
Si, así es.
La ETT está obligada a mantener las condiciones, el convenio colectivo, de la empresa en la cual cede trabajadores, esto es para evitar la discriminación entre trabajadores (de la empresa usuaria y los cedidos por ETT).
Jo, perdona que te vuelva a molestar.
He encontrado el convenio colenctivo, pero es hasta el año 2009.
Me podrías indicar donde puedo encontrar el nuevo convenio, ¿por favor?
El convenio colectivo para el comercio del metal de la comunidad de madrid.
Muchas Gracias
No busques más porque aun no ha sido publicado el del año 2010, hasta que se publique un nuevo convenio sigue vigente el anterior.

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