¿Hay qué avisar con antelación de no querer renovar un contrato si no se cumplen las condiciones?

Espero que podáis ayudarme. Tengo firmado un contrato a tiempo completo eventual por circunstancias de la producción que me cumple el día 10 de septiembre. Es el primer contrato y su duración es de tres meses de prueba. Resulta que la empresa para la que trabajo no cumple los requisitos expuestos en dicho contrato, puesto que echo más horas de las que se reflejan en él y no me las pagan con la excusa de que se trata de horas internas, por lo que trabajo más de 40 horas mensuales que no llego a cobrar. Se ha expuesto el tema a los jefes y siguen en sus trece de no mejorar. Además las condiciones en las que me encuentro no son ni de lejos las que me prometieron en la entrevista de trabajo y cada día van a peor, han vuelto a hacer cambios que me perjudican, por lo que no me interesa renovar pero ya estamos a día dos así que solo dispongo de nueve días. En el contrato no se especifica que tenga que preavisar si no quiero renovar ¿Debería decirlo ya o puedo esperar simplemente a ver si la empresa no quiere renovar y si quisiera decir que no me interesa sin que me perjudique?

Respuesta
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1-) Si todavía estas en periodo de prueba, te puedes ir de la empresa cuando quieras, sin dar ningún tipo de explicación y sin necesidad de preavisar con antelación a la marcha de la empresa..

2-)Si ya a pasado el periodo de prueba pero el contrato de trabajo es de duración inferior a un año, tampoco tienes que preavisar con antelación, si al ofrecerte la renovación, decides no aceptar dicha renovación.

3-)

La jornada laboral semanal, es de 40 horas ni una mas ni una menos. Luego la dirección de la empresa puede distribuir el horario de trabajo de la forma mas beneficiosa para la empresa, pero no te pueden hacer trabajar mas horas de las establecidas, si tu no quieres, a no ser que que estén pactadas en el convenio colectivo por los representantes de los trabajadores y los de la empresa, pero estaríamos hablando de horas extraordinarias que se tendrían que compensar con días de descanso o mediante la retribución estipulada según convenio, ¿pero nunca pueden ser gratuitas por mucho que se empeñe la empresa en rebuscar todo tipo de argumentos verosímiles como lo de las horas internas? ¿Pero qué es eso de horas internas de la empresa?manda huevos..

4-)

Nada de lo anterior te impide que acudas a la inspección de trabajo y seguridad social para denunciar tu situación, para que algún inspector de trabajo se pasen por la empresa y puedan verificar in situ, el incumplimiento por parte de la empresa, de las condiciones contractuales, y o bien instan a la empresa para que cumplan a rajatabla lo acordado en el contrato de trabajo o bien para que te entreguen un acta de reconocimiento de dicho incumplimiento por si pudieras solicitar la extinción del contrato de trabajo por incumplimiento de las condiciones contractuales (articulo 50 del ET) lo que te daría derecho a dejar la empresa con derecho a indemnización mas el acceso a la prestación por desempleo en el supuesto de que reúnas el mínimo de 360 que se necesitan para cobrar dicha prestación.. De todas formas si antes de tomar cualquier tipo de iniciativa quieres asegurarte bien de lo que tienes que hacer, puedes informarte sin ningún problema en la misma inspección de trabajo y seguridad social.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda..

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