¿Es obligatoria la disponibilidad?
Trabajo en un "servicio de transporte público", me rijo por el convenio del metal de madrid (por si hiciera diferencia). Tengo un precioso anexo de 4hojas al contrato que dice muchas cosas muy restrictivas pero últimamente nos obligan a estar disponibles las 24h a todos sin ningún tipo de compensación por ello.
Lo único que encuentro en mi contrato sobre este tema es esto:
"en caso de que el servicio de mantenimiento determinase la necesidad de implementar un sistema de guardias de localización o de presencia que abarque todos los días del año, ya sean laborables o festivos, se establecerá un cuadrante de guardias elaborado con por lo menos un mes de antelación"
Por una parte yo nunca recibí un cuadrante de nada y por la otra el concepto guardia localización es remunerado por cada día.
En las condiciones de ahora, ¿tengo qué estar disponible? ¿Puedo exigir una remuneración por ello?
Lo único que encuentro en mi contrato sobre este tema es esto:
"en caso de que el servicio de mantenimiento determinase la necesidad de implementar un sistema de guardias de localización o de presencia que abarque todos los días del año, ya sean laborables o festivos, se establecerá un cuadrante de guardias elaborado con por lo menos un mes de antelación"
Por una parte yo nunca recibí un cuadrante de nada y por la otra el concepto guardia localización es remunerado por cada día.
En las condiciones de ahora, ¿tengo qué estar disponible? ¿Puedo exigir una remuneración por ello?
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Respuesta de josbian
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