En primer lugar hay que mirar a ver lo que dice el convenio, es decir si el convenio aplica la mejora voluntaria por la I.T, si es así habría que ver de que mejora se trata, si es la mejora de cobrar de los días 1 a 3 o si es la del incremento de la base reguladora al 100%, o ambas, si estamos hablando de ambas mejoras usted cobrara lo mismo que la nomina normal, exceptuando el plus de asistencia si lo cobra que solo se cobra cuando se asiste al trabajo, el plus de puntual...
Si por el contrario el convenio no fija mejora alguna respecto de la I.T, usted tendrá derecho a cobrar:
- Del día 1 al 3 ----- Nada
- Del 4 al 20---- el 60% de su base reguladora ( La base reguladora es la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior dividida entre 30)
- Del día 20 en adelante---- el 75% de la base reguladora.
Un saludo y espero haberla ayudado.