Cobrar paro e indemnización

En septiembre del pasado año, cuando la empresa tenía pensado abrir.
Finalmente la empresa no ha llegado a funcionar, y yo sólo acudía a ella cuando así me lo mandaban, aunque desde dicho mes mi contrato INDEFINIDO, esta vigente.
Ahora al parecer la empresa va a cerrar (aunque nunca llego a abrir) ya que llevamos 3 meses sin cobrar, y me gustaría saber si tengo derecho al paro ya que me han comentado que igual no tenía porque podría estar en período de prueba.
También me gustaría que me informasen de si tengo algún tipo de indemnización.

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Si una empresa te despide tienes derecho a paro. Hay que ver el contrato que has firmado para saber el tipo de contrato y al duración del periodo de prueba.

La indemnización a la que tengas derecho depende de las causas que motiven el despido. Si la empresa alega despido por causas objetivas - te corresponden 20 días por año trabajado. En tu caso te corresponderán 10, ya que has estado trabajando solo 6 meses.

El derecho a la prestación por desmpleo depende de si tienes acumulado periodo de cotización antes del despido, si antes de empezar a trabajar en esta empresa estabas cobrando la prestación por desempleo, la habías agotado o venias de otro trabajo. Sobre estas condiciones no mencionas nada en tu consulta y desconozco tu situación particular.

La cuantía de la prestación se calcula sobre las bases de cotización de los últimos 6 meses antes de perder el trabajo.

El problema, que yo veo en tu caso, es que si durante todos estos 6 meses la empresa ha cotizado por ti y por que importe. Debes pedir una vida laboral en la Seguridad Social y un informe de cotizaciones para ver las ultimas cotizaciones que tienes.

Espero haber aclarado tus dudas.

Si necesitas un estudio personalizado y individualizado de tu caso, puedes contactar con nosotros a través de nuestra página web - www.directconsult.es o a través de Facebook - www.facebook.com/directconsult.es .

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No se si sois una o varias, te o os comento:

El contrato de trabajo despliega efectos desde el mismo momento en que se firma, por tanto si la empresa no te da trabajo tiendo fijada tu jornada o finalmente no te admite o cierra la empresa tu como trabajador por cuenta "ajena" tienes derecho a los salarios de los meses en que has estado contratada, finiquito de tus vacaciones no disfrutadas y a tu indemnización de despido improcedente a 33 días por año, como has estado meses sera una fracción de año (en función de los meses que hayas estado contratada).

El despido es improcedente si no hace el tramite de despediros mediante un ERE. Por tanto puedes denunciar en el Juzgado de lo social si lo consideras conveniente.

Derecho a paro tendrás si tienes cotizado al menos un año. El tiempo trabajado en la empresa te lo tiene esta que cotizar, sino podrías informar en la ITSS para que adopte las medidas oportunas para su reconocimiento y sanción.

Lo del periodo de prueba no tiene que ver ya que el tiempo en periodo de prueba está o debe estar dentro de contrato y cobras y cotizas igual que si no hubiera periodo de prueba.

Puedes conseguir hacer valer tus derechos si la empresa los incumple.

Se trata de un proyecto que acaba de ver la luz y vuestro apoyo será fundamental para que pueda seguir funcionando, se trata de una web sólo para trabajadores.

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Para cobrar paro tienes que haber trabajado un año. Y en cuanto a la indemnización si tienes derecho.

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