Despidos estando de baja laboral

¿Me gustaría saber si estando de baja te pueden despedir de forma procedente?

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El echo de que un trabajador/dora)se encuentre en situación de incapacidad laboral no es ningún impedimento que limite la capacidad del empresario para proceder el despido del trabajador en situación de IT, otra cosa es como se califique el despido. Lo primero que debe de hacer la empresa es comunicarte el despido por escrito ya sea por mediación de una carta con acuse de recibo o mediante un burofax, además de comunicarte el despido tiene la obligación de explicarte la causa de dicho despido así como la fecha en la que se va a producir, y si el despido es un despido que no guarda ningún tipo de relación con tu situación de incapacidad temporal y la empresa lo puede acreditar, el despido seria calificado procedente con la indemnización correspondiente a la causa del despido, si es un despido objetivo por causas económicas, absentismo laboral, o por ineptitud 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades, si antes de la baja as tenido algún problema con alguno de sus responsables, y la empresa alega un incumplimiento grave de las obligaciones del trabajador, la empresa podría proceder ala aplicación de un despido disciplinario, sin ningún tipo de indemnización, aunque si a cobrar el paro si se reúne el periodo mínimo de cotización (360 días en los 6 últimos años) pero si la empresa no es capaz de acreditar ningún tipo de justificación ajena a tu situación de IT y demandas a la empresa ante el SMAC por despido irregular, el despido seria declarado improcedente y no dudes en que ganarías la demanda, por lo que te tendrían que indemnizar con la cuantía equivalente a la del despido improcedente, 45 días año para los contratos de antes de la reforma laboral del 2012, y 33 días por año para los contratos posteriores a los de dicha reforma laboral.. Por lo tanto, si consideras que la empresa te despide sin ninguna causa que justifique el despido si no que te despide por el echo de estar en situación de IT en cuanto re comunique el despido, no dudes en interponer ante el SMAC una demanda por despido improcedente y lo mas toda probable es que ganes la demanda.. Pero recuerda que dispones de un plazo de 20 días hábiles para interponer la demanda, de todas formas te aconsejo que te pongas a disposición de un sindicato para que te asesoren adecuadamente y si lo consideras oportuno, para que te gestionen todos los tramites de la demanda.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

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