Para poder cobrar la prestación por desempleo hay que cotizar al RGSS y al SEPE/INEM,durante 360 días en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo (finalización del contrato de trabajo o despido) .. Pero efectivamente, hay un subsidio de desempleo para todos aquellos trabajadores y trabajadoras que aun no habiendo cotizado el periodo mínimo de carencia de 360 días que dan derecho a la prestación contributiva de desempleo que se conoce como subsidio por cotización insuficiente de forma que los trabajadores/doras) que solamente trabajen durante tres meses y tengan responsabilidades familiares pueden cobrar otros 3 meses se subsidio o los que no tengan responsabilidades familiares con 6 meses trabajados pueden acceder al subsidio por cotización insuficiente por otros seis meses de subsidio de desempleo, pero el subsidio por cotizaciones insuficientes se conceden a los trabajadores después de quedarse en situación legal de desempleo es decir que si as solicitas el subsidio después de haber permanecido inactivo durante una temporada el SEPE no te lo concede hasta que te encuentres en situación legal de desempleo y para ello tendrás que trabajar durante un mes y finalices el contrato de trabajo o te despidan. Por lo tanto si no te han concedido el subsidio por cotización insuficiente es debido a esa circunstancia y hasta que no logres encontrar un trabajo y te vuelvas a quedar sin empleo en el SEPE no te van a conceder ese subsidio.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..
http://www.empleoyprestaciones.com/2012/03/subsidio-por-cotizacion-insuficiente.html