¿Por qué no tenemos paro las empleadas de hogar?

Trabajo como empleada de hogar, soy madre divorciada y es el único salario que percibo. Cuando entré a trabajar y firmé el contrato me dijeron que el contrato de empleadas de hogar no tiene derecho a paro, solo a las bajas por enfermedad y para cotizar. Estoy cotizando cuatro horas al día.. También tengo entendido que con mi cotización no llego a la que se necesita para la paga no contributiva, Mi pregunta es: ¿Por qué no tenemos paro si trabajamos como cualquiera? Y ¿Si esa cotización no me llega para tener una paga de vejez para que la tengo?, por favor no me respondan con muchos tecnicismos pues no lograré aclararme.

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Las empleadas del hogar quedan integradas en el régimen especial de empleados del hogar dentro del régimen general de la seguridad social..

Este régimen especial tiene también unas cotizaciones propias y diferentes a las del resto de trabajadores del régimen general, por las que únicamente se cotiza por contingencias comunes (3,95% cotiza usted y el resto de trabajadores un 4,70%).

Las contingencias profesionales, las cuales son pagadas por el resto de trabajadores entre un 1,65% y un 1,70%, usted no las abonada, sino que la persona que la contrata abona un 1,10% y no se contempla la cotización al desempleo.

Usted tiene derecho como el resto de trabajadores, entre otras, a:

- Prestación por enfermedad común o accidente profesional.

- Baja por maternidad con su correspondiente prestación.

- Baja por riesgo de embarazo o riesgo durante la lactancia.

- Pensión de jubilación (siempre y cuando reúna los requisitos para tenerla).

- Incapacidad permanente.

- ...

Espero haberla ayudado. Si no tiene más consultas no olvide cerrar la pregunta.

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