¿Después del paro se puede cobrar una ayuda?

¿A mi se me ha acabado el paro y aun no tengo trabajo y quería saber si ahora puedo cobrar una ayuda o algo similar o me quedo sin nada?

Respuesta

Estas son las opciones que tienes:

1.- Subsidio por desempleo:

Se concede a aquellos que no cumplan los requisitos de la prestación contributiva (paro) o a los que la hayan agotado, siempre cumpliendo unos requisitos:

  • Insuficiencia de cotización: Para aquellos que no llegan al año de cotización pero sí a los 3 meses (si tiene hijos o cónyuge) o 6 meses si no tiene responsabilidades familiares.

  • Ayuda familiar: Para los desempleados que han agotado su prestación contributiva (paro) y tiene una familia a su cargo.

  • Mayores de 45 años: Para personas que superen esta edad, hayan agotado el paro y no tengan cargas familiares.

2.- Ayudas extraordinarias:

Estas no son subsidios, cada una tiene su propia normativa y no son acumulables ni combinables con ningún tipo de subsidio. Esto quiere decir, hay que agotar los subsidios antes de poder recibir una ayuda extraordinaria.

  • Plan de Activación para el Empleo (PAE): Tiene una duración máxima de 6 meses, está destinado a desempleados de larga duración que haga agotado prestaciones y subsidios teniendo cargas familiares.

  • Renta Activa de Inserción (RAI): Mayores de 45 años desempleados de larga duración, víctimas de violencia de género, emigrantes o discapacitados.

  • Plan Prepara: Destinado a desempleados sin rentas, tiene una duración de 6 meses y se concede una ayuda económica de 400€ al mes, estas personas deben haber agotado los subsidios o prestaciones y no pueden haber recibido otro tipo de ayuda extraordinaria.

  • Mayores de 55 años: Personas mayores de 55 años que cumplen con las exigencias de cotizaciones durante su actividad laboral, se cobra hasta la jubilación.

Fuente: https://cursosgratuitos.eu/sepe-prestaciones/ 

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Si as agotado una prestación contributiva o lo que es lo mismo, la prestación por desempleo, puedes solicitar el subsidio de desempleo por haber agotado una prestación contributiva, si tienes responsabilidades familiares y si no tienes responsabilidades familiares también puedes acceder al subsidio por agotamiento de la prestación por desempleo siempre que tengas mas de 45 años no tengas ingresos brutos que superen el 75 del SMI/483,98 euros para el 2013) si no reúnes ninguna de esas condiciones no puedes solicitar ningún tipo de prestación ya que tanto plan prepara como la renta de inserción son para parados de larga duración con responsabilidades familiares o para los mayores de 45 años años.. de todas formas si quieres puedes llamar a este numero de teléfono de atención ciudadana del SEPE: 901 119 999:por si quieres corroborar mi información .. un saludo y buena suerte..

http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00c.html

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