Perdida de prestación por ir al extranjero

Hola buenas tardes, mi caso es el siguiente. A mi marido le han ofrecido un trabajo en el extranjero para tres años, yo estoy en el paro desde el mes de marzo y si no encuentro trabajo tengo paro hasta marzo de 2014 ¿Es verdad que si me voy al extranjero por más de un año pierdo mi derecho a la prestación? Que puedo hacer para no perder este derecho. Muchas gracias.

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Cuando se esta cobrando la prestación por desempleo y se va a viajar al para trabajar se tiene que solicitar la interrupción de dicha prestación y si se regresa a España antes de que transcurra un año se puede volver a reanudar la presentación interrumpida, por la misma cuantía y por el tiempo que quede por consumir pero si se regresa a España pasado el año ya no se puede solicitar la reanudación de la prestación porque se pierde el derecho de reanudación.. Pero si regresas a España del extranjero y estás desempleado caben varias posibilidades de acceso a protección por desempleo:
Prestación contributiva:
Porque la cobrabas antes de salir al extranjero y has permanecido allí menos de un año o
Porque no cobrabas prestación antes de marcharte al extranjero pero trabajaste al menos 360 días en España en el periodo de seis años anteriores a tu salida y no utilizaste dichas cotizaciones para cobrar prestación por desempleo.
Subsidio de emigrantes retornados:
En caso de no poder reanudar la prestación que cobrabas antes de marcharte por haber permanecido un año o más en el extranjero o porque no cobrabas prestaciones antes de salir y no tener derecho a prestación contributiva. Para ello, tienes que ser español, regresar de países que no pertenecen a la Unión Europea, Australia o Suiza y haber trabajado 12 meses en los últimos 6 años desde tu última salida de España.
Subsidio por desempleo por tener cotizaciones insuficientes para una prestación contributiva:
En caso de no tener derecho a prestación contributiva ni a subsidio de emigrante retornado, haber trabajado en España antes de salir al extranjero, entre 90 y 359 días en los seis años anteriores, y no haber utilizado dichas cotizaciones para cobrar prestación por desempleo.
Renta Activa de Inserción:
En caso de no poder reanudar la prestación que cobrabas antes de marcharte por haber permanecido un año o más en el extranjero o porque no cobrabas prestaciones antes de salir. Para ello, tienes que ser español, no tener derecho a ningún subsidio, ser mayor de 45 años y haber trabajado al menos 6 meses desde tu última salida de España.
El acceso a las prestaciones por desempleo para los trabajadores o trabajadoras que regresan de Suiza está sujeto a unas condiciones distintas a las generales. De todas formas te aconsejo que si estas cobrando la prestación por desempleo y tienes que viajar al extranjero por motivos laborales por mas de 12 meses, te informes en el SEPE antiguo INEM de las posibilidades que tienes de percibir una prestación por haber permanecido en el Extranjero mas de 12 meses y allí mismo te explicaran las prestaciones a las que puedes acceder como emigrante retornado.. Un saludo.. No se te olvide finalizar la pregunta

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