Por desgracia para los trabajadores que tienen que soportar condiciones laborables muy complicadas, si se niegan a firmar la renovación de un contrato de trabajo y en el certificado de empresa consta la extinción del contrato como una extinción a instancias del trabajador, por muy mal que lo haya estado pasando el trabajador en la empresa cuestión por la que se niega a renovar el contrato de trabajo, sin embargo la extinción a instancias del trabajador es considerada por el SEPE/INEM, como un cese voluntario por parte del trabajador, situación que no da derecho a percibir la prestación por desempleo, pero si en el certificado de empresa la extinción del contrato consta a instancias del empresario, entonces estarás en situación legal de desempleo y podrás acceder a la prestación por desempleo.. Espero haber respondido a tu pregunta satisfactoriamente.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..