Caducidad cuenta vivienda sin compra de piso

Hola,
EL 31/12 me caduca la cuenta vivienda y me acaban de informar en hacienda vía telefónica que el año que viene tengo que devolver DE GOLPE todo lo deducido estos 4 años.Yo tenía entendido que era año a año el tema de la devolución.El año que viene devolvería lo que me desgravé el 1er año dentro de 2 años devolvería lo del 2º, así sucesivamente. ¿Alguien puede aclararme este concepto?. ¿Alguna alternativa para evitar pagar de golpe todo?. Es probable que este año si que compre la vivienda Muchas gracias!

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Si pierdes el derecho por no haber materializado la cuenta vivienda en el plazo de 4 años desde la apertura de la cuenta tendrás que reintegrar las deducciones practicadas por las aportaciones en la cuenta vivienda, es decir tendrás que practicarte la correspondiente autoliquidación de los impuestos de los ejercicios en que te practicaste la deducción por aportaciones en la cuenta vivienda.
Ejemplo
Si ha 31/12/2004 te caducó la cuenta vivienda, y dicha cuenta la abriste el 01/01/2000, en el año 2005 has de presentar la correspondiente declaración del IRPF del 2004, y una declaración complementaria del 2000, 2001, 2002 y 2003.
Como alternativa para poder evitar de golpe dicho pago es ver si puedes solicitar el aplazamiento del pago de la deuda (es decir pagar la deuda por mensualidades), normalmente si el importe de la deuda supera los 3005,60 euros puedes solitar dicho aplazamiento.
Si te has quedado con dudas o no te has quedado conforme con la respuesta por favor no dudes en comunicármelo mi email es [email protected]
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