Base imponible

La Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía me ha enviado un documento en el cual me piden una liquidación de una cantidad de dinero por constitución de hipoteca.
Me explico, detallan una base imponible de 298000 y sobre esa cantidad me piden una diferencia de 607 euros sumando intereses por demora.
En las escrituras de la vivienda en el apartado de Ejercicio de acciones se refleja que la finca se hipoteca en la cifra de 238000 euros.
De ahí que se saquen los 607 euros de diferencia tras aplicar el correspondiente 1% a cada cantidad. Yo ya pagué ese 1 % aplicable a la segunda cantidad descrita.
Mi pregunta es: ¿La base imponible que ellos describen en ese cuadro de liquidación se corresponde con el valor tasado para la finca hipotecada que se detalla en escrituras?.
Gracias de antemano. Un saludo.

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Desagradable el enterarte de que pagas por una cosa que no sabes si va a ocurrir, pues efectivamente HACIENDA COBRA POR UNA COSA FUTURA O NO, es decir, la base liwuidable está compouesta no por el nominal del préstamo sino además por intereses, gatos de reclamación, costas judiciales si las hubiera, intereses de demora, etc, es decir el valor total que en algún lugar de la escritura de hipoteca debe poner. Por eso la diferencia. Ya sabes aunque nos fastidie tenemos que pagarles.

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