Buenas tardes voy a firmar un contrato mercatil con una empresa de reparto de publicidad y me indican que no es necesario que este de alta como autónomo, es esto cierto. Gracias.
No es cierto. Tienes que darte de alta como autónomo. Segudamente te envío las obligaciones: Obligaciones del Profesional Autónomo: Darse de alta en el IAE correspondiente Darse de alta en la S.S. de autónomos Pagar mensualmente la S.S. de autónomos Hacer declaraciones trimestrales de IVA, salvo que la actividad esté exenta del IVA Presentar el resumen anual del IVA, salvo que la actividad esté exenta del IVA Hacer la declaración de la renta anualmente Darse de baja en el IAE a la finalización de la actividad profesional Darse de baja en la S.S. de autónomos a la finalización de la actividad profesional Obligaciones de la Entidad al contratar a autónomos Alta en censo retención I.R.P.F. Hacer contrato escrito (aunque puede formalizarse verbalmente) Retener un 7 % o un 15 % de las remuneraciones, según se explica en apartado dedicado a la gestión del IRPF en contratos a autónomos. Pagar retenciones de IRPF trimestralmente Hacer resumen anual de IRPF Entregar al trabajador el certificado de retenciones de I.R.P.F..
- Anónimoahora mismo
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