Decalaricion de la renta

Un saludo, tengo unas cuantas dudas, en el 2004 di una entrada ( ¿12000? ) Para una vivienda y firme un contrato privado de compraventa, ¿me deduje 9015? En la renta 2004 sin financiación ajena. En marzo de 2005 firme la escritura y durante el 2005 he pagado al banco 7000 euros + Gastos ( ¿10000? ). Pido el borrador y me sale que puedo desgravar solo los 7000 euros y Sin financiación ajena. Entiendo que debería ser 7000 con financiación ajena y el resto (2015 ) sin financiación ajena. ¿Es así? . ¿Y otra duda los dos años que te descuentan más por financiación ajena empiezan desde el contrato privado de compraventa o desde la firma de la escritura?. Gracias

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De los 12.000 que distes como entrada en el 2004, pierdes deducción por 2.985 euros, ya que solo podías hacerlo por los 9.015.
En cuanto a 2005, si lo pagado al banco ( 10000) son con hipoteca, los 9.015 serían con financiación ajena.
En cuanto a los años que se cuenta para el porcentaje de deducción, se cuentan a partir de la fecha de adquisición, que para mi es el del contrato de compraventa.
El asunto es que en el 2005 he pagado 17000, solo 7000 euros al banco el resto 10000 fue a notario, gestor, igic etc. Creo que de los primeros ( 9015 / 2) me deduzco el 25 %, y el resto que serían por los lo que me queda del banco gastos de notario y demás( otros 9015/2 ) el 15 %, el resto cero. Según me han dicho en hacienda el inicio es cuando se firma la hipoteca porque antes de firmarla el contrato privado seria como una cuenta vivienda, me parece lógico porque para tener financacion ajena te tienes que hipotecar. Un saludo de un canarion en tenerife.
Perdón por el retraso.
Estas totalmente en lo cierto, por lo tanto no te aclaro nada, no sea que te vaya a liar.
Es del todo correcto

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