Deducción/exención vvda habitual

Buenas tardes, hasta el año pasado en que contraí matrimonio en régimen de gananciales yo tenía una vvda por la que me venía desgravando y mi mujer otra que igualmente se desgravaba, a partir de entonces decidí vender mi vvda, mi duda es si me podría desgravar (así como reinvertir las pluvalías de la vta) en la vvda de mi mujer que es la habitual del matrimonio.
Me indican en Hacienda que no habría problema(al tratarse de gananciales la hipoteca pendiente es de ambos)aunque no esté a mi nombre, pero no me fío.
Tendría algún sentido realizar una aportación de la vvda a la sociedad de gananciales para justificar de alguna forma que fectivamente se corresponde con la vvda habitual de ambos, ¿o no sería necesario?.
Gracias.

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Hacienda no te miente, tu caso es uno de los casos en los que se puede hacer lo que comentas. Ahora bien, el régimen de gananciales establece que todo es de los dos, siempre y cuando haya sido generado en periodo de convivencia común. Yo que tu escrituraría la casa de tu mujer a nombre de los dos, por si acaso, pues ella podría demostrar que es un bien que ella aporto de soltera y en caso de conflicto quedarte a dos velas.

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