Vivienda habitual

En la renta 2004 declare la venta de una vivienda con adquisición 1995. La vendí en Diciembre 2004, y abone el préstamo hipotecario en Agosto 2004. Como desde finales de 2003 no era mi residencia habitual, aunque no estaba alquilada ni nada, dicen que no me lo puedo desgravar. Pero en la ley solo pone que haya sido residencia durante 3 años, no especificando que sean los últimos tres años. ¿Conoces alguna referencia legislativa que especifique cuando computar los tres años? Te ruego contestes en brevedad a efectos de reclamación.? Me aconsejas esperar para reclamar cuando reciba la liquidación definitiva (¿ahora es la provisional) para reclamar ante el TEA o Hacienda? Gracias por tu ayuda.

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No se especifica cuándo tengas que residir en la vivienda, sino solo que deben ser 3 años ininterrumpidos.
No obstante lo anterior esto no significa que una vez resididos los tres años, esa vaya a ser tu residencia habitual aunque no residas allí. Hay que entender el requisito de los 3 años de modo únicamente restrictivo, como una condición necesaria pero en absoluto suficiente. En este sentido, si tu residencia la mantienes en otro lugar, ese otro lugar será tu residencia. Y una persona no puede tener -a efectos fiscales- dos residencias.
Si desde 2003 no residías allí, en ningún caso podrías considerar que era tu residencia habitual. Otra cosa sería que -al menos a efectos de prueba- pudieras demostrar que SI era tu residencia habitual, con los medios de prueba generalmente admitidos en derecho. Pero, desde luego, la norma es clara en el sentido de que para poder deducir debes haber residido allí.
Para reclamar no sería malo que la declaración sea provisional. Provisional es cualquier autoliquidación efectuada por los administrados e incluso permanece como provisional una declaración después de una revisión parcial. En realidad habitualmente solo son definitivas cuando acaba el plazo de prescripción o se produce una inspección de alcance total. Por lo tanto, si crees que tienes derecho a una mejor liquidación tendrás que iniciar por escrito un proceso de rectificación de errores.
Un saludo,
-Hume-
P. D.: No olvides finalizar y puntuar la pregunta!

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