Alquiler entre particulares

¿En un alquiler entre dos particulares de un local con fines de uso particular.El arrendador cobrará el IVA? ¿O algún tipo de impuesto? O solo el alquiler, que luego podré desgravar una parte vía declaración de IRPF.
Es un local en España.
Muchas gracias
Respuesta
El alquiler de un local para uso privado sin actividad no lleva iva ni impuestos.
Tampoco se podrá deducir nada por el en la declaración.
Me han dicho que el IVA sí me lo tiene que cobrar, ¿por qué el arrendador aunque sea particular está realizando una actividad comercial.Me podrías remitir a articulo o real decreto que lo especifica?
Perdona, fue un error mi respuesta anterior, efectivamente si debe aplicar el IVA, y la retención debe tenerse en cuenta si el pagador de estas rentas se encuentra incluido entre los obligados a retener o ingresar a cuenta, que establece el artículo 71 del Reglamento del Impuesto.
Lo que sigo pensando es que no podrás desgravar por ello en la renta, si lo vas a destinar a uso particular.

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