¿Vivienda qué figura como trastero?

Hola, veras tengo una duda respecto a un bonito ático, bastante grande por cierto, en el que pide 90,000E iva incluido,(muy goloso)bien me ha dicho que tine contrato de luz, agua, etc... Pero que el edificio llegó a su limite de viviendas y el ático consta en las escrituras como trastero, ¿mi consulta es si es esto legal?(Supongo que no),¿se puede vivir ahí sin ningún tipo de problema?,¿Tendría qué pagarle todos los gastos o me podría aprovechar de poder negociar algo con el por la situación? Perdón por preguntar tan seguido es que me ´´comen´´ las dudas, muchas gracias por su respuesta de antemano, saludos.

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Si lo que figura en escritura es un trastero, usted está comprando un trastero. Los gastos irán en función de esto, pero también en caso de solicitar un préstamo hipotecario a un banco: para ellos también es un trastero.
Si va a usarlo como trastero, a usted no le supondrá ningún problema: compra un trastero, usa un trastero. Pero si va a utilizarlo como vivienda, yo le pregunto: ¿Tiene cedula de habitabilidad?, la respuesta es NO. Con lo cual, sin cédula de habitabildad (que por cierto, nunca la tendrá si el motivo por el que está escriturado como trastero es porque la densidad de vivienda está cubierta al 100%), no puede habitarse. A parte de todo esto, los problemas que le originaría si el día de mañana usted lo tuviera que vender.

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