Fiscalidad de piso en alquiler

Hola,
Quisiera alquilar el piso en el que vivo ahora porque me cambio de casa. Tengo entendido que los ingresos por el alquiler tributan en un 50 % al tu tipo en el IRPF y en caso de que el inquilino sea menor de 35 están exentos de tributación. ¿Es así? ¿Qué gastos se pueden deducir (muebles, agua, luz, gas, comunidad, seguro, hipoteca...? ¿Se pueden deducir también si están los ingresos exentos de tributación o eso ya es mucho pedir?
Muchas gracias

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Estás en lo cierto. La exención es del 100%, cuando el inquilito es menor de 35 años, y del 50% con carácter general.
Se pueden deducir los gastos directamente relacionados con el inmueble. En cuanto la hipoteca, únicamente los gastos de intereses, la devolución del principal no.
Si estás exento por el 50%, únicamente se reduce el 50% de la renta calculada por la diferencia entre gastos e ingresos.
Si estás exento por el 100%, no te podrás deducir gastos.

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