Consulta sobre declaración en irpf piso arrendado

Tengo un piso arrendado a dos personas en Madrid. Una de ellas tienes 35 años y trabaja, la segunda tiene 26 y de momento no trabaja, aunque tiene intención de hacerlo.
Mi pregunta es : ¿Cómo tengo que declarar este alquiler?. ¿Tengo alguna desgravación? Qué es más conveniente para mi: ¿Tener el contrato a nombre de los dos o hacerlo sólo a nombre de la persona de 26 años aunque ahora no trabaje?...
Hoy mismo depositare la fianza en el Ivima para que todo sea correcto.
Muchas gracias

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Las rentas procedentes de arrendamiento de vivienda a menores de 35 años y que obtengan una renta anual superior al mínimo interprofesional están exentas al 100%.
Por eso, en tu caso, ninguna de las dos personas que describes sería válida para aplicarte el 100% de exención.
Sin embargo, sí que te podrías una reducción del 50% que se aplica sobre la diferencia entre gastos e ingresos.
Tenga en cuenta que puede deducirse prácticamente todos los gastos directamente relacionados con el arrendamiento (comunidad, intereses por la compra de la vivienda, amortización del inmueble y muebles contenidos, etc.).
En cuanto al IVIMA, no es un requisito que sea exigido por la normativa para aplicarte las reducciones del 100% o del 50%.
Muchas gracias por tu respuesta. Esperaremos a que la persona de 26 años empiece a trabajar, seguro que entonces si puedo desgravarme.
Gracias otra vez

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