IS de Empresas de Reducida Dimensión.
Compro un proyector inversor consistente en la adquisición de equipos de informática con acceso a internet y facilidades de correo electrónico por 100.000 y también llevo a cabo acciones formativas de los trabajadores por el manejo de internet por 70.000 euros.
Mi duda es, si tendría derecho a la deducción para el fomento de las tecnologías de la información y de la comuniación. Art. 36 LIS y porque cantidad si por las 170.000 o por las 100.000.
Y si tengo una deducción por reinversión debido a la venta de un garaje y con el beneficio me he comprado este proyector. ¿Tengo derecho a ésta deducción, si aplico la deducción del Art. 36? ¿O no son incompatibles?
Un saludo,
Gracias
Mi duda es, si tendría derecho a la deducción para el fomento de las tecnologías de la información y de la comuniación. Art. 36 LIS y porque cantidad si por las 170.000 o por las 100.000.
Y si tengo una deducción por reinversión debido a la venta de un garaje y con el beneficio me he comprado este proyector. ¿Tengo derecho a ésta deducción, si aplico la deducción del Art. 36? ¿O no son incompatibles?
Un saludo,
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