Revendedor Mercancías

Resulta que estoy empezando a dedicarme, aparte de mi puesto como Dir. De Exportación en una empresa española fabricante de bienes de equipo, a revender ciertos artículos a través de plataformas de Internet.
Se trata de comprar de mayoristas o fabricantes y anunciarlos en las plataformas. Al recibir el pago del cliente final yo paso pedido al proveedor (mayorista) y éste envía directamente la mercancía al cliente al que yo vendí. Lo que yo gano es el margen entre el precio mayorista y el precio al que consigo vender.
Ahora bien, ¿legalmente qué debo tener en cuenta? ¿Debo tributar estos ingresos en Hacienda? ¿Debo ser autónomo o tener algún papel o licencia (algunos mayoristas piden papeles porque solo venden a distribuidores y no a particulares como yo - que tipo de papeles o licencias son necesarias?

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Si los ingresos empiezan a ser considerables, debería plantearla la posibilidad de regularizar su situación.
Deberá darse de alta en la Agencia Tributaria como empresario, y tributar esos ingresos como procedentes de una actividad económica. Para ello, podrá utilizar el modelo 037 de la agencia tributaria.
Además, tendrá que tributar por el IVA, repercutiendo y soportando IVA, y consecuentemente, presentar los modelos trimestrales, y cumplir con las demás obligaciones formales.
En cuanto al tema laboral, aunque no soy experto en la materia, tendría que darse de alta como autónomo, salvo que sus ingresos sean reducidos. Por ello, le invito que las preguntas de derecho laboral las realice a algún asesor laboral/abogado.
Gracias por la aclaración.
Ud. ¿sabe si se puede ser asalariado y autónomo a la vez?
Si yo percibo ingresos de mis ventas las debería añadir a lo que ya percibo como asalariado para calcular el IRPF, ¿correcto? A partir de que cantidad de ingresos se debería hacer esto.
Asimismo tendría una tercera cuestión. He leído que si tengo una actividad económico en otro país que no sea España ni paraíso fiscal, es decir que tenga un sistema parecido al IRPF, no debo pagar impuestos en España para ingresos hasta 60.000EuR, siempre que tribute en el país donde haga los negocios (en este caso son países de la UE y lo único que debería tener en cuenta es no vender en España) - si me pudiera confirmar o dejar algún comentario sobre la exención del pago por ganancias en el extranjero le estaría muy agradecido
Gracias de nuevo
Yo creo que se refiere al régimen de exención para aquellos empleados que trabajan fuera de España Tendría que mirarlo, pero, en principio, solo se aplica a empleados y no a actividades económicas.
Además, habría que consultar el Convenio para evitar la doble imposición con el país.
Si puede estar en el régimen general como asalariado, y en el régimen de autónomos a la vez.

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