IVA Adquisición comunitaria

Buenos días,
Ha llegado a mi empresa una factura procedente de Irlanda por una compra hecha por Internet en la que indica IVA 0,00 euros pero luego aparece una nota que pone:
1. El cliente pasará a ser sujeto pasivo del IVA en calidad de destinatario, según las directivas EC77/388 art. 21 y ECC77/388 art. 8. He mirado estas normativas, pero sigo sin saber qué debo hacer con ese IVA. Cómo, cuando y donde declararlo... Si es que hay que hacerlo.
Gracias. Un saludo

1 respuesta

Respuesta
1
Disculpa por el retraso en la respuesta... he estado de vacaciones y no he tenido demasiado tiempo para entrar por aquí.-
La verdad es que yo también he leído las directivas y no me he enterado de mucho... Lo que si he visto, es que hay un mínimo y un máximo para que sea obligatorio declarar: Entre 35.000 euros y 100.000 euros.- Fuera de estos limites, no tienes obligación de declarar.
Aquí te envío una página que he encontrado con datos y supuestos prácticos por si te sirve de ayuda.- Yo no llego a tanto.-
Normativa EC77/388 Europea. - Está en formato PDF, por lo que tienes que tener instalado el programa Adobe Reader para verlo.-
Finaliza y puntúa la pregunta si consideras que ya está respondida...
Sí, perdona. Dejé la respuesta para cuando me leyera la página que me enviaste y, la verdad es que hasta este fin de semana no he tenido tiempo...
Sigue sin quedar muy claro, pero yo también creo que por pequeñas compras que en todo el año no sé si llegaran a 500 euros no tenemos obligación de hacer la declaración...
Si no es así, ya nos dirá Hacienda...
Muchas gracias por la información. Muy útil. Un saludo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas