Renta por la venta de un piso

Deseaba comentar el siguiente caso por si alguien me puede ayudar. Yo tenia una vivienda que vendí el 26-7-2007. Se canceló la hipoteca que tenia con el banco y en mi ayuntamiento pagué una plusvalía de 141 euros. Yo ya después no he vuelto ha comprar ninguna vivienda. La declaración de la renta del 2007 me la hizo el gestor que entonces teníamos y la del 2008 confirmé el borrador por hacienda donde me devolvieron las retenciones de la nómina y ya está. En ninguna de las rentas hace mención ninguna a la venta del piso. He oído que en la del 2008 debía de haberlo declarado y ahí viene mi duda:
¿Será en la del 2008 o en la del 2009?
¿En qué consiste lo de 2 años para reinvertir el dinero de la venta?
Yo no he comprado ninguna vivienda y creo que hasta mediados de este año no lo haré, que consecuencias tiene declarar la venta y no haber comprado vivienda, ¿tendré qué pagar a hacienda este año?
¿Es oblligatorio que yo hubiera comprado en esos dos años?
¿Cómo se si marcaron alguna casilla en la renta que si me acogía a dicha reinversión?
¿Qué consecuencias me traerá esto tanto si tenia como si no comprar vivienda en estos dos años?
Respuesta
Tendría que mirar la declaración presentada para contestarle.

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Cuando se vende una vivienda se produce un incremento patrimonial, el cual debe de declararse en la renta del año en que se ha producido la transmisión, en tu caso, en la renta del 2007 que se presenta en 2008.
Ahora bien, si es la vivienda habitual, hay una exención por reinversión en el caso de que adquieras otra dentro de los 4 años siguientes a contar desde el primer año. En tu caso estás en plazo, lo que quiere decir que, si compras una vivienda este año, aplicarías la Ley y si inviertes todo el importe de la transmisión en la nueva adquisición, estaría exenta de tributar.
En caso contrario, deberías de declarar el incremento patrimonial obtenido ne la renta del 2009 y tributar en consecuencia.
Gracias por la rapidez. En efecto, era mi vivienda habitual, ¿pero el plazo no era de dos años?.
¿Si son 4 años quiere decir que tengo hasta el 2011?
Si comprase vivienda tengo que invertir todo el importe de la transmisión pero cual es ese importe: vendí por 130000 y luego cancelé la hipoteca de 90000, ¿es decir 40000?
¿Invertir quiere decir que tengo que comprar algo por el valor de 130000 y yo ya pedir la hipoteca?
¿Dónde puedo encontrar el valor del incremento patrimonial? Pagaría el 18% de este valor, ¿verdad?
Por último, la plusvalía pequeña que yo pagué en su día no tiene nada que ver con todo esto, ¿verdad?
Muchas gracias por su ayuda, de verdad.
Perdona mi tardanza en responder, pero tengo una gripe horrible que no me quito de encima.
Son dos años, fue un error tipográfico, de hecho, en mi explicación te decía que tenías hasta el 2009 para efectuar la reinversión o la corrección en renta.
Esto es, estás en plazo de declarar en la declaración del 2009 el incremento patrimonial obtenido, diferencia entre precio de venta y precio de compra, indpendientemente del préstamo hipotecario. Pero hay algo que tienes que tener en cuenta y es el hecho de que deberías de haber declarado en la renta del 2007 la venta y manifestar tu intención de acogerte a la reinversión.
Como no fue así, presenta un escrito en formato de instancia ante la agencia tributaria de tu domicilio, en el que les manifiestes que, por error, no se informó de este hecho en la declaración del 2007 y que les solicitas que procedan a realizar la corrección, previo trámite de audiencia. A veces el funcionario de turno lo hace y te evitarás tener que presentar una declaración complementaria o sustitutiva del 2007, con la correspondiente multa por presentación extemporánea. Si no te lo aceptan (te responderán por escrito), no habrá más remedio que efectuar una complementaria e informar de ello, o la sanción sería peor.
Luego, en la declaración del 2009, a realizar en junio del 2010, introduces el incremento patrimonial al no haber cumplido los plazos.
El importe de la reinversión es el total de la venta. Los importes del préstamo no se tienen en cuenta para nada. Solo los gastos de formalización del préstamo se consignan como más importe de compra y por lo tanto, disminuyen el beneficio. POr cierto, que el importe de compra tiene reducción según el año de compra. Las reducciones se publican anualmente por el ministerio de Hacienda.
Muchísimas gracias y ya somos varios con la gripe dichosa.
Solo una aclaración, por favor, como yo no he reinvertido el importe en comprar otra vivienda, ¿eso quiere decir que ya ha pasado el plazo y he de tributar en la declaración del 2009? Aunque compre casa en unos meses ya no tengo que reinvertir, ¿entiendo?
Y otra cosita, si ya ha pasado el plazo, ¿es necesario que informe a hacienda de lo que me comenta de que en el 2007 no declaré la venta (mi gestor mejor dicho) o no? ¿Es decir hacienda no tiene a día de hoy ninguna información de que yo vendí esa vivienda y he de comunicárselo?
¿Qué casillas de la renta del 2007 he de mirar para ver si está declarada la venta en ese año?
Muchas gracias y espero no molestar, un saludo.
La primera respuesta es afirmativa: Ya no puedes ejercer el derecho a la reinversión.
La segunda respuesta: Si no lo comunicas a Hacienda, te arriesgas a que te lo notifiquen ellos, porque los datos de la venta los tienen y ahora van como lobos a sacar dinero de donde sea. Si tu no se lo notificas y lo declaras en la declaración del 2009, en caso de que después se dieran cuenta, como tendrían que modificarte a la baja el 2009 no creo que procedieran (aunque podrían igualmente levantar expediente), en cambio, si te requieren ellos, se trataría de una omisión por tu parte, que podrían calificar de negligente o no en función del estado de ánimo del inspector que te toque.
Francamente, yo no me arriesgaría. Notificaría con un escrito como te comenté el tema de la omisión del 2007 y así, al menos, te adelantas y evitas la sanción por negligencia. Si te lo arreglan en gestión, mejor porque no pagarías sanción y si te obligan a presentar complementaria, siempre será mejor que la sanción que te aplicarían en caso de que te descubran ellos.
Muchísimas gracias de nuevo. Así lo haré.
Tengo delante mía la renta del 2007 que la he encontrado y como solo tengo las hojas en las cuales hay datos (las vacías no me las dio el gestor) veo que de la página 3 : rendimientos del capital mobiliario salta a la página 10y en esta página los apartados g2 y g3 de ganancias y pérdidas patrimoniales de la transmisión de elementos patrimoniales (continuación) y exención por reinversión de la ganancia patrimonial obtenida en 2007 por venta... está todo vacío, sin datos, por lo que intuyo que no se declaró en su día o a ver si está declarado y está en la página 9 pues la 10 es continuación de la 9, pues son estas las casillas que he de comprobar, ¿verdad? O supongo que si voy a hacienda me dirán si está comunicada o no la venta.
Gracias de nuevo!
Las hojas que no te dio es porque deberían estar en blanco y el módulo de impresión de hacienda no imprime las hojas sin datos. Si no lo ves, lo más probable es que no lo incluyera.

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