Impuesto

Hola, le informo: mi marido compro una casa en málaga en 2006, pero en 2007 cambio de trabajo y vino a huelva( julio) y ese mismo año nos casamos (noviembre)
En 2008 se vendió y ahora la agencia liquidadora de málaga nos ha multado por que se vendió antes y no cumple como vivienda habitual, pero yo he buscado en internet y se te cambias por trabajo o por matrimonio no hay que pagar la diferencia.
Quiero saber por favor si eso es así y como se llama esa ley, es que no puedo terminar el escrito y el plazo se esta terminando, muchas gracias.

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Los artículos son el 68.1.3º y 4ºf de la ley de irpf y el 54.1 y 3 del reglamento de irpf. También te recomiendo que leas una consulta a la Agencia Tributaria del 23/04/2004 para el tema del traslado laboral y una consulta vinculante del 27/12/2005 para el asunto de la celebración del matrimonio. No dices muchos datos, así que espero esas consultas te ilustren sobre tu caso particular

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