OPERACIÓN vinculada

Sdad-A participada al 40% por Sdad-B deben realizar la siguiente operación:
Sdad-A satisfarà a Sdad-B el importe de 1500'00 ? Mensuales para que ésta última pague el préstamo que tiene con entidad bancaria, concedido para una promoción inmobiliaria terminada y que mientras no venda no puede pagar al banco.
¿Hay alguna fórmula para que éste importe pueda considerarse gasto deducible fiscalmente para la Sdad-A?

1 Respuesta

Respuesta
Sólo que teóricamente B le preste algún servicio a A (asesoramiento, etc.) y le gire factura mensualmente por dicho servicio pero piensa que entonces deberíamos añadir el IVA ya que B lo tendrá que ingresar en Hacienda a no ser que B vaya sobrada de IVA soportado.
¿Podría ser una factura en concepto de alquiler de una de las dependencias de los inmuebles de que dispone la Sdad.B, como local indirectamente afecto a la actividad tal como un centro de dirección y gestión, sala de atención a clientes,...?
Perecto.
Suerte.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas