Alta de maternidad

Hola, buenas.
Soy autónoma y este día 8 de Abil he completado la baja por maternidad de cuatro meses obligatorios, ya que mi hijo nació el día 8 de Diciembre del 2009.

Aún estando de baja, he realizado trabajos esperando a facturarlos más tarde, ya que no podía desatender a mis clientes. Me parece un poco extraño emitir facturas a partir del día en que salgo de la baja pues se supone que no debería haber trabajado.
Msi preguntas son sencillas: ¿En qué fecha puedo volver a facturar para que sea todo legal?
¿Parecerá raro facturar una cantidad considerable justo después de acabar la licencia maternidad?
¿Qué debo hacer para darme de alta nuevamente, acudir al médico de cabecera y ya está?
Muchas gracias de antemano. Att, Montse.

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LO primero, es obtener el alta, que al ser autónoma, te la dará tu médico de cabecera.
Efectivamente, sonaría muy extraño que factures al día siguiente y encima, cantidades elevadas. Legalmente no habría nada que objetar, pero es evidente que el tema no "huele" bien.
Mi consejo es que esperes a final de mes para facturar. Ante una Inspección, siempre podrías alegar que has trabajado 100 horas a la semana, sábados y domingos incluidos, para adelantar todo lo atrasado.
Gracias! Como me imaginaba.
Ahora, ¿debo presentarme después con la declaración de alta del médico a la Seguridad Social o con ir al médico de cabecera basta?
Depende de la Comunidad Autónoma. Las hay muy informatizadas que el propio médico al dar el alta lo comunica automáticamente a la S.S. En otras, tendrás que ir a la oficina de la S.S de tu domicilio y entregar el parte de alta al igual que entregabas los de baja.

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