Fecha de devengo vs fecha factura

Compre un piso el 30/12/2009. Pedí una hipoteca que me cubría para todos los gastos derivados de la compra. Tengo todas las facturas de los pagos que realizaron en mi nombre la asesoría correspondiente(notarios, registro, impuesto de transmisiones..). Mis preguntas son las siguientes:
En las facturas del notario aparecen fecha de protocolo 30/12/2009, pero fecha factura 04/01/10.
En los pagos de los impuestos (adjudicación de la hipoteca e impuesto de transmisiones) aparecen fecha de devengo 30/12/2009 y fecha 26/01/10( en este caso no pone nada de fecha factura, me imagino que sea la fecha de pago).
Necesitaba saber en estos casos cual de estas facturas puedo desgravarme en la declaración del año 2009.

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La fecha del devengo es la que manda. En estos casos, la factura del notario entraría como gasto periodificado (devengado) en el 2009. El pago del impuesto que lleva fecha del 30-12-2009 también, pero el que lleva fecha del 26-1-2010 habría que verlo. Si también se refiere a que fue devengado en el 2009, entraría en ese ejercicio, pero si el impuesto tenía un plazo de 30 días para su presentación, la fecha del 26-2-2010 sería su devengo por estar en plazo, por lo tanto, entraría en este ejercicio y no en el 2009.
Ten en cuenta que estos gastos son mayor valor del inmueble y por lo tanto entran como inversión, no como gasto.
La parte que ha entrado en el 2010 siempre podrás deducirla como mayor amortización en la renta del 2010 a efectuar dentro de un año.

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