Iva desgravable

Una cuestión más: para poderme compensar iva soportado y repercutido de un arrendamiento y subarrendamiento respectivamente sobre un local de negocio como persona física. ¿Es posible? ¿Me tengo que dar de alta de autónomos o basta con darse de alta en hacienda, autónomos o empresario? ¿Tendría qué pagar alguna cuota a hacienda, autónomos o alguno?
Gracias.

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Respuesta
1
Si es posible, es lo mismo que una subcontrata de una obra: el promotor paga un IVA al constructor, y el constructor paga un IVA al subcontratista
a hacienda al ejercer la actividad de alquiler de algo distinto a vivienda hay que darse de alta como arrendador de inmuebles
en autónomo entiendo que no es necesario si no quieres
¿Y al darse de alta en hacienda es con el modelo 036 pero sin pagar ninguna cuota no?
Gracias
Por darse de alta en hacienda no se paga nada
se paga luego en IRPF al cobrar dinero por arrendar
(El inquilino si es una empresa a su vez debe retener)

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