Plazo de resolución procedimiento pagos indebidos.
Buenos días.
En enero de este año, interpusimos un recurso para solicitar a la agencia tributaria la devolución de una cantidad de dinero que ingresamos en la declaración del año pasado debido a un error en la elaboración de la renta. Nos indicaron que iban a hacer de nuevo el cálculo con los datos que aportamos, pero al preguntar por el plazo que tenían para darnos la resolución, nos dijeron que no nos lo podían indicar con exactitud porque tenían ahora mucha acumulación de trabajo.
Entendemos que independientemente del trabajo que tengan, como para todos los procedimientos administrativos, tiene que haber un plazo legalmente estipulado para resolver este procedimiento, revisando la Ley General tributaria, hemos encontrado que el plazo que tienen para resolver este procedimiento es de seis meses desde el inicio del mismo, y que se entiende desestimada si en el plazo de estos seis meses, no se nos ha notificado nada. ¿Es esto correcto?
Muchas gracias de antemano. Un saludo.
En enero de este año, interpusimos un recurso para solicitar a la agencia tributaria la devolución de una cantidad de dinero que ingresamos en la declaración del año pasado debido a un error en la elaboración de la renta. Nos indicaron que iban a hacer de nuevo el cálculo con los datos que aportamos, pero al preguntar por el plazo que tenían para darnos la resolución, nos dijeron que no nos lo podían indicar con exactitud porque tenían ahora mucha acumulación de trabajo.
Entendemos que independientemente del trabajo que tengan, como para todos los procedimientos administrativos, tiene que haber un plazo legalmente estipulado para resolver este procedimiento, revisando la Ley General tributaria, hemos encontrado que el plazo que tienen para resolver este procedimiento es de seis meses desde el inicio del mismo, y que se entiende desestimada si en el plazo de estos seis meses, no se nos ha notificado nada. ¿Es esto correcto?
Muchas gracias de antemano. Un saludo.
Respuesta de antropofago
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