Gananciales y hacienda

Buenas tardes experto,
La cuestión es la siguiente.
Como resultado de un divorcio de mutuo acuerdo y la correspondiente liquidación de la sociedad de gananciales a una de las partes le ha correspondido recibir POR cantidad de dinero en compensación a los bienes que se queda la otra.
¿Esa cantidad, en concreto diez mil euros, deben declararse a Hacienda bajo algún concepto?
Gracias.

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Me imagino que no hay ganancia, que simplemente ha habido una liquidación de gananciales, en principio no, pero deberías de sentarte en hacienda con alguien, ya que se acoge a diferentes interpretaciones, por ejemplo si habéis liquidado algún bien inmueble, a la hora de liquidarlo, se le habrá dado un valor, y cuando lo comprarais en el matrimonio tendría otro, entonces se puede entender que haya ganancia patrimonial, ( en cualquier caso), aunque hayáis liquidado los bienes gananciales, ( no escrituréis) no los pongáis a nomber de uno o de otra hasta pasados 4 años, para evitar problemas. No obstante lo mejor es ir con el caso concreto ha tu delegación y plantear el problema. Un saludo, JOSE JAVIER VALENCIA MUÑOZ. Asesores granada.

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