Impuesto sociedades. Prorrata de iva
Buenos días, nos han hecho una inspección de iva de los ejercicios 2009,2010 y 2011.
Tendríamos que haber aplicado la regla de prorrata en los tres ejercicios. Mi pregunta es
la siguiente: el porcentaje de prorrata que nos han aplicado en el iva soportado es un gasto
y como tal, no se ha deducido en dichos ejercicios en el impuesto de sociedades. Por tanto,
podemos presentar complementaria de dichos ejercicios, ya que metiendo esos gastos daríamos pérdidas
en lugar del beneficio dado y pedir ¿devolución de ingresos indebidos?
Muchas gracias
Un saludo,
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Respuesta de Martín Varela
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