¿Qué conviene más? ¿Por qué? ¿Bajo qué circunstancias conviene más uno que otro? S. De r.l., s.a. De c.v., pequeño contribuyente, persona física con actividad empresarial o solamente persona física estoy evaluando un proyecto de una tortilleria y necesito saber cual régimen me conviene.
Mírate tus expectativas de inversión e ingresos, si hay un régimen de módulos (cuota fija) y cuanto te costaría etc. En principio, normalmente las S.L. son las que suelen ser más ventajosas, pero para cierto tipo de locales relativamente pequeños con relativamente fuertes ingresos los módulos pueden ser muy ventajosos. Las CB por su responsabilidad ilimitada, y las SA por sus altos requisitos no son recomendables, en principio, para este tipo de negocio. Perdona la tardanza, estaba de vacaciones.
- Anónimoahora mismo
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Respuesta de jgfontal
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jgfontal, Licenciado en Derecho Cursos de contabilidad y fiscalidad Cursos...
La pregunta que me planteas es de una gran complejidad, ya que cada uno de los regímenes empresariales con el cual se constituya una actividad tiene sus peculiaridades y excede de lo aquí puedo contestarte, pero intentaré darte una pequeña visión global. En primer lugar has de decidir si deseas ser persona física o jurídica, el ser persona física en tu actividad supone que todos tus ingresos ya sean empresariale o no pasan por el impuesto sobre la Renta de las personas físicas, dentro de este puedes estar en el régimen de estimación directa, directa simplificada simplificada o en módulos ( si existe módulo para tu actividad, habría que saber que es exactamente la tortillería que quieres crear, una especie de bar o restaurante, un servicio a domicilio, etc. La estimación directa del IRPF es practicametnte lo mismo que ser una sociedad de responsabilidad limitada, la estimación directa simplificada más o menos lo mismo pero no hay que llevar contabilidad y no pasar de 100 millones de ptas de ventas anuales, y módulos es una tasación a tantyo alzafdo de tus ingresos en fuunción de una serie de parametros; Como te he ndicado antes estamos hablando todo el rato de empresario individual dentro del IRPF y cualquiera de las tres opciones supone que tus ingresos van al IRPF y tributan desde el 15% hasta el 45% en función de la tabla del IRPF, además respondes con todos tus bienes de las deudas de la empresa. La segunda gran opción es ser Sociedad de responsabilidad limitada ( la anónima en tu caso no te la aconsejo ya que es para grandes empresas) donde tributarás al 35% de tus ingresos empresariales y si que tendrás que llevar contabilidad. Te anticipo que hace unos días se ha aprobado una nueva ley de sociedades simplificadas pero que hasta dentro de 6 meses no entra en vigor donde los tramites son muy sencillos y se llevará una contabilidad simplificada, pero aun esta todo por desarrollar y tardará algún tiempo. Resumiendo: a) Ser emprresario indiidual b) Ser sociedad Puedes ser sociedad aun estando tu solo como socio, ya que no me indicas si vas a tener otros sociuos contigo, en cuyo caso el ser empresario indivuidual ya no podría ser, pero hay un equivalente similar que es ser comunidad de bienes o sociedad civil, donde los sovcios cada uno se reparte en proporción los beneficios y tributan cada uno en su IRPF. Esperando haberte sido de ayuda, me espido de ti. Por cierto soy un amante de las tortillas, sobre todo la de patatas con cebolla, yo le pongo un toque de vino de rioja en el huevo, pruébalo. Hasta la vista.