¿Fisioterapeuta debe descontar IRPF en facturas?

Planteo mi caso. Trabajo como fisioterapeuta autónomo para una clínica a la que mensualmente le paso la factura (en función de lo facturado durante el mes) en la que descuento el porcentaje de IRPF y la empresa lo retiene por mi. Mi duda es que ahora me ha salido un paciente fuera de la clínica que necesita factura y no tengo claro como debo hacer esa factura, cómo debo declarar ese IRPF, ya que yo no presento ningún documento en hacienda, lo único que hago es la declaración anual.

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Si su cliente es un empresario/profesional deberá emitirle la factura igual que se la realiza a la clínica y, si es un particular, sin esa retención de IRPF y repercutiéndole el IVA.

En cualquier caso, usted como profesional debe de cumplir con sus obligaciones trimestrales y anuales de IVA e IRPF, lo cual le permitirá también aplicarse las deducciones existentes.

Si desea más información, puede contactarnos sin compromiso. Disponemos de tarifas para autónomos desde 30 € al mes.

El cliente es un particular, no una empresa, de modo que no tengo que descontarle el irpf, mi duda es cómo declarar yo ese irpf de esa sola factura (ya que las otra 12 facturas del año la retención la aplica la clínica.)

Si la cantidad abonada por ese cliente no supera el 30% de sus ingresos anuales no es necesario que practique usted retención alguna ni haga ningún pago anticipado, basta con que incluya este ingresos en sus rendimientos por actividades económicas de su declaración anual de la renta.

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