Duplicidad en pago IRPF
En mi calidad de titular de empresa, la AEAT me reclama diferencias de IRPF del ejercicio 2012, por cálculo erróneo en la aplicación de retenciones en nómina de un trabajador.
Este trabajador presentó declaración de renta, incluyendo como retenciones de trabajo las que realmente se habían practicado en nómina y declarado en modelo 190.
Entiendo que si ahora se procede al pago de las diferencias reclamadas, se incurriría en duplicidad de pago del impuesto, ya que éste ha quedado regularizado con la presentación de declaración de renta por parte del trabajador.
¿Existe posibilidad legal de evitar el pago de las diferencias reclamadas?, o -por el contrario- ¿se debe proceder a su pago y posteriormente solicitar el trabajador la devolución de retenciones de trabajo no incluidas en su declaración de renta?