Gastos deducibles

Hola buenos días. La cuestión es: ¿Se puede deducir gastos personales (luz, agua, seguros) el gerente de una empresa en su sociedad, en la contabilidad de su empresa? Si fuese así...¿deberían de ir las facturas a nombre de la empresa? Gracias.

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En el IRPF se pueden deducir todos los gastos necesarios para el desarrollo de la actividad. En IVA además han de provenir de bienes totalmente afectos, es decir si se realiza la actividad en casa, no sería válido imputar la mitad del teléfono alegando que se utiliza la mitad del tiempo para el desarrollo de la actividad.
Para la deducibilidad es imprescindible la existencia de factura a nombre de la sociedad.

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