Iva bienes de inmovilizado
En relación a los bienes de inmovilizado, ¿podría decirme si existe alguna particularidad para la decucción de su correspondiente iva o si es preciso contabilizarlos de forma diferente a la habitual?
Muchas gracias por su ayuda
Muchas gracias por su ayuda
Respuesta de joaquinrubio
1