¿Debo practicar retención?

Tengo algunas páginas web a las que quiero añadir publicidad. Por ejemplo, la empresa E quiere poner un anuncio durante un año en una de mis páginas webs por lo que yo le cobro un determinado precio. ¿En la factura que le envíe a la empresa E debería practicar retención? No se si tendrá importancia, pero soy autónomo y me dedico a otro tipo de trabajo (también relacionado con Internet) y hasta ahora no había tenido que realizar ningún tipo de retención por lo que no estoy dado de alta en ningún fichero de retenedores ni nada similar ¿debería de darme de alta en algún sitio?

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Entiendo que sí, en la medida en que eres autónomo y facturarás por prestación de servicios. Para más información;
www.asesorum.es/fiscal
[email protected]
Entiendo, solo una aclaración que se me olvidó en la pregunta inicial. Yo ahora mismo estoy presentando los modelos trimestrales 130 y 303 y el 340 anualmente. Si finalmente me decido a ceder espacios publicitarios y por tanto debo retener en ciertas facturas, ¿qué otros modelos he de presentar? ¿debo registrarme en algún registro?
Los modelos serán los mismos, y no tendrá que informar de nada a la Administración.

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