Tributación de dación de inmueble en pago de deuda de una sociedad a otra sociedad vinculada

Buenos días quisiera preguntar si se podría hacer y que efectos tendría la siguiente cuestión:

- La empresa A le debe dinero a la empresa B, están empresas entiendo que son vinculadas porque coincide su administrador.

- la empresa A tiene poca liquidez y quiere realizar una dación en pago de un inmueble para liquidad la deuda que tiene con B.

Se puede?, como tributaria esto? Seria transmisiones patrimoniales? Porque el IVA si el inmueble no es nuevo y es segunda transmisión no esta sujeto no? Como afecta que el administrador sea el mismo?

1 Respuesta

Respuesta
1

En nuestra opinión, normalmente tributara por trasmisiones patrimoniales, aunque se puede renunciar y tributar por IVA, pero ha de tener en cuenta varias cuestiones, principalmente el que se trata de una operación vinculada.

Esto implica la valoración a precios de mercado, si no se documenta, la Agencia Tributaria puede sancionar solo por no tenerla documentada. Por lo tanto, si hay un mayor o menor precio que la deuda, esto quedara pendiente o se debería de pagar.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas