Rendimientos Capital Inmobiliario.
Hola, soy Jose, a ver si me puedes ayudar, pues ando un poco liado.
Verás, yo tengo un piso, que compré este año, (en Mayo), y como es lógico, debo declarar los rendimientos. No ha tenido rendimientos, si bien, posiblemente se alquile a primeros de Diciembre. Concerté un préstamo, para este piso, y pretendo amortizarlo parcialmente (¿unos 12.000?), ya que además no tiene comisión amortizarlo. El hecho es, que esta es una cantidad grande, y no se si debería fraccionarla, y amortizar parte en este ejercicio 2004, y otra parte a primeros del 2005, para que sea en dos ejercicios. Porque lo que se puede deducir, qué son, ¿sólo los intereses de dicho préstamo en este periodo?, ¿O también el capital?. Por otra parte, resulta complicado, porque si no ha estado alquilado apenas (supongamos que sólo el mes de diciembre próximo), ¿cómo voy a deducir intereses?. ¿Te pregunto lo de fraccionar esos 12.000? Porque no se qué implicaciones puede conllevar a la hora de declarar en el IRPF (yo estoy exento, porque cobro por una incapacidad permanente absoluta), pero mi mujer no está exenta, la hacemos por separado la renta. Bueno, pues si me pudieras orientar un poquillo acerca de esto, ya digo, te lo agradecería.
Gracias,
Un saludo
Verás, yo tengo un piso, que compré este año, (en Mayo), y como es lógico, debo declarar los rendimientos. No ha tenido rendimientos, si bien, posiblemente se alquile a primeros de Diciembre. Concerté un préstamo, para este piso, y pretendo amortizarlo parcialmente (¿unos 12.000?), ya que además no tiene comisión amortizarlo. El hecho es, que esta es una cantidad grande, y no se si debería fraccionarla, y amortizar parte en este ejercicio 2004, y otra parte a primeros del 2005, para que sea en dos ejercicios. Porque lo que se puede deducir, qué son, ¿sólo los intereses de dicho préstamo en este periodo?, ¿O también el capital?. Por otra parte, resulta complicado, porque si no ha estado alquilado apenas (supongamos que sólo el mes de diciembre próximo), ¿cómo voy a deducir intereses?. ¿Te pregunto lo de fraccionar esos 12.000? Porque no se qué implicaciones puede conllevar a la hora de declarar en el IRPF (yo estoy exento, porque cobro por una incapacidad permanente absoluta), pero mi mujer no está exenta, la hacemos por separado la renta. Bueno, pues si me pudieras orientar un poquillo acerca de esto, ya digo, te lo agradecería.
Gracias,
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Respuesta de teoexpertos
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