Necesito saber si puedo deducirme el gasto de la compra del vehículo en régimen de autónomos mod130

estimación directa, me dicen que el 50% de la compra pero es base imponible como gasto e iva (asiento por favor). Y del irpf no me puedo deducir nada.

por otro lado me dicen que cuando presente el 347 lo tengo que hacer por la totalidad de la factura es así.

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Bria que ver a que te dedicas para que exista obligación o no de presentar el 347 pero si ha pasado de 3005 euros en un principio debes declararlo.

En cuanto a lo del IVA es correcto y como gasto no si se va usar para trabajar y para la actividad, yo diría que incluso en el iva con regañadientes

para finalizar en el 390 lo debo declarar como bien de inversión? y entiendo que en el 347 lo declaro por la totalidad aunque sólo me haya deducido el 50%.

gracias otra vez

Si supera los 3005 euros es bien de inversión y en el 347 tienes que poner el valor de la operacion

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